CLUB SOL MAR DEL PLATA

Tiempo Compartido

FLOTACIÓN, INICIO DE SEMANAS, INTERCAMBIO

PRIMERO: Por flotación se entiende la variación dentro de cada año que puede tener el período de uso de la unidad, que el COMPRADOR condomino puede ejercer una sola vez por año por cada semana de la que es titular, según lo especificado en el articulo 6º del presente anexo.

SEGUNDO: A los fines de la flotación podrán usarse con este sistema todas las semanas que no sean fijas.

  • Semanas fijas son 1 a 11, Semana Santa, 48 a 52
  • Semanas flotantes son todas las demás semanas.
  • Semana Santa tendrá 11 días, iniciándose el sábado anterior a las 16 horas y terminando el miércoles siguiente al domingo de Pascua a las 10 horas.
  • Semana 48 se iniciara a las 16 horas del miércoles que finaliza la semana 46 y finalizara el sábado de 10 días después a las 10 horas.
  • Semana 12 hasta el inicio de Semana Santa se inician a las 16 horas del sábado finalizando a las 10 horas del sábado siguiente, siendo variable su número en función de cuando cae Semana Santa. A partir del miércoles siguiente al domingo de Pascua, se iniciarán las semanas el miércoles a las 16 horas y finalizarán el miércoles siguiente a las 10 horas hasta completarse la semana 46. No existirá la semana 47 en los calendarios de uso.

TERCERO: El condomino que omitiese ejercer su derecho de uso de la unidad durante un ejercicio lo perderá, no pudiendo acumularla para ejercerlo en años posteriores.

CUARTO: Para obtener el derecho de uso de la unidad en un período determinado, el Comprador deberá proceder a solicitar la reserva del mismo, sujeto a confirmación escrita dentro de las 96 horas posteriores al llamado, en domicilio del Administrador del Complejo, la que quedará allí registrada, si ella es factible por no existir un pedido anterior. Dentro de las 72 horas de recibido el pedido y por el mismo medio utilizado por el Comprador, el Administrador confirmará la reserva emitiendo un comprobante confirmatorio para el interesado, consignando el período de uso, o informara la no disponibilidad de la unidad con alternativas factibles. El pedido de reserva de un período deberá ser efectuado con una anticipación de 35 días al período a reservar para asegurarse la reserva. El condomino que no lo haga así, podrá quedarse sin posibilidad de utilización de su período dentro del ejercicio debido a la falta de disponibilidad. En este caso perderá su semana para ese ejercicio sin posibilidad de reclamo ni compensación, debiendo pagar la cuota sostén correspondiente a pesar de no tener posibilidad de uso. En estos casos se abrirá una lista de espera para el ejercicio por riguroso orden de pedido y si hubiera alguna cancelación se la ofrecerá.

QUINTO: Para el caso de intercambio vacacional, el Comprador deberá solicitar del Administrador del Complejo, el comprobante confirmatorio de la reserva de su/s semanas para poder entregarlo al representante de cada cadena de intercambio de la que sea miembro e iniciar así su solicitud.

SEXTO: El comprador de varias semanas flotantes podrá ejercer su derecho de uso por semanas separadas o continuas de acuerdo a su deseo. Igualmente como opción del Comprador de varias semanas podrá tener derecho a ocupar dos o más semanas simultáneas ampliando así su capacidad de ocupación.